Tipos de Empresas en Colombia
Elegir la forma correcta de crear una empresa es importante porque el tipo de sociedad que elijas determinará cómo se organiza tu empresa, cómo se maneja el dinero que entra y sale de tu empresa y cómo debes presentar impuestos, entre otras obligaciones financieras que debes tener en cuenta. Utiliza esta comparación de los tipos de sociedades para ayudarte a elegir la mejor forma al momento de inicia un emprendimiento o pequeña empresa en Colombia.
Ten en cuenta que una sociedad una vez constituida legalmente, adquiere la condición de persona jurídica distinta de los socios individualmente considerados
Tipos de sociedades en Colombia
Una de las principales preguntas que se tiene al momento de emprender es saber cómo se puede constituir una sociedad comercial en Colombia. Actualmente existen 6 tipos de sociedades:
- Sociedad por acciones simplificada (SAS): Este es el tipo social de mayor uso entre emprendedores ya que su constitución no requiere escritura pública. Por medio de la Ley 1258 del 5 de diciembre de 2008, se creó en la legislación colombiana la Sociedad por Acciones Simplificada (SAS). Puede ser creada mínimo con 1 o más socios con responsabilidad limitada hasta el monto aportado
- Sociedad anónima: Las sociedades anónimas no pueden constituirse ni funcionar con menos de 5 accionistas. Los accionistas son responsables hasta el monto de sus aportes y su capital social se divide en acciones de igual valor. Tiene una denominación social seguida de las palabras "sociedad anónima" o de las letras "S. A."
- Sociedad de responsabilidad limitada: Una sociedad limitada puede crearse con un mínimo de 2 socios y máximo 25. Los socios responden hasta el monto de sus aportes aunque puede que algún socio tenga mayor responsabilidad. El capital se divide en cuotas de igual valor y la representación de la sociedad está en cabeza de todos los socios, a menos que éstos la deleguen en un tercero. Se forma con el nombre de la empresa seguida de la palabra "Limitada" o de la abreviatura "Ltda."
- Sociedad colectiva: Esta sociedad mercantil se puede formar con un mínimo de 2 socios (no tiene máximo). Los socios responden solidaria e ilimitadamente por las operaciones sociales. En las sociedades colectivas, el capital social se divide en partes de interés social de igual valor. La sociedad gira en torno a una razón social formada con el nombre completo o el solo apellido de alguno o algunos de los socios, seguida con las expresiones "y compañía" o "e hijos" . Una sociedad comercial podrá formar parte de una sociedad colectiva cuando lo decida la asamblea o junta de socios con el voto unánime de los socios.
- Sociedad en comandita simple: El capital social está integrado con los aportes de los socios comanditarios. La administración está a cargo de los socios colectivos. No existe un tope o capital mínimo para constituir este tipo de sociedad mercantil.
- Sociedad en comandita por acciones: En la sociedad En Comandita por Acciones, el capital está representado en títulos de igual valor. Los socios Comanditarios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus aportes. El socio gestor podrá realizar aportes de industria, pero este no forma parte del capital social.
- Empresa Unipersonal: El empresario individual, responde de forma limitada con su patrimonio. A las empresas unipersonales le son aplicables las disposiciones que regulan las sociedades del tipo de las limitadas
En general, no existe ninguna disposición legal que imponga a las sociedades comerciales la obligación de aportar un capital mínimo. Las personas que quieran crear una sociedad deben determinar al inicio o durante la vida de la sociedad que aportes pueden realizar a la empresa y la mejor forma de categorizarlos y determinar su valoración. "Cuando el aporte de industria o trabajo carece de estimación de su valor, nunca hará parte del capital social, y por tanto, la responsabilidad de esta clase de socio, no podría asimilarse a los socios capitalista"
Cómo se constituye una sociedad
La sociedad se establece mediante la aprobación de los socios de los estatutos de la sociedad. Este documento determinará la estructura de la sociedad y en general puede contener la siguiente información:
- Tipo de sociedad y tipos de socios
- Actividad a la que se dedicará
- Monto de capital aportado, número de acciones, partes de interés y el valor nominal de las acciones.
- Nombre y domicilio de las personas que van a representar a la sociedad
Este documento, debe obrar en escritura pública, a excepción de las SAS en donde se puede utilizar un documento privado. Las sociedades comerciales deben registrar el documento de constitución ante la Cámara de Comercio en donde funcionará la sociedad.
Tipos de sociedades y número de socios
Este es un resumen de la cantidad de socios y el tipo de sociedad
Tipo de sociedad |
Número de socios |
Sociedad limitada |
Mínimo 2, máximo 25. |
Sociedad anónima |
Mínimo 5 |
Sociedad colectiva |
Mínimo 2, sin máximo de accionistas |
Comandita por acciones |
Mínimo 5 accionistas y 1 socio colectivo |
Sociedad por acciones simplificada (S.A.S) |
Mínimo 1 |