La prima de servicios es uno de los beneficios y derecho más importantes que se otorgan a los trabajaadores en Colombia. En términos simples, la prima de servicios corresponde a un mes de salario por cada año de trabajo.
La prima de servicios es el pago que le corresponde al trabajador equivale a 30 días de remuneración que se cancelan en 2 periodos de tiempo difernetes. El primer pago se realiza en Junio y corresponde al equivalente de 15 días de trabajo. El pago de los otros 15 días, se realiza en el mes de diciembre (entre los primeros 20 días). Cuando el trabajador ha trabajado durante todo el semestre de corrido, el pago en cada periodo corresponderá aproximadamente a la mitad de un salario. En los casos en los que no se haya trabajado en un mismo lugar de corrido, el empleado tendrá derecho a que se le pague proporcional a los días laborados.
El pago de la prima de servicios se comporta como si fuera un salario adicional al año, que por ley está a cargo del empleador. Junto con las vacaciones y las cesantías, es una de las prestaciones sociales más importantes para los empleados y es una gran oportunidad para ahorar dinero y planear para un objetivo específico.
¿Cuántas primas se pagan al año?En total, la prima de servicios es 1 al año, pero que se realiza en 2 pagos.
¿Cuál es límite de pago de la prima de mitad de año?De acuerdo a la ley, la prima de Junio se debe pagar máximo hasta el día 30 de Junio. El valor corresponde al tiempo que una persona haya trabajado en el primer semestre del año (1 de enero y el 30 de junio)
¿Cuándo se paga la prima de navidad o fin de año?De igual forma, la prima de fin de año debe realizarse máximo hasta el día 20 de diciembre. Su pago corresponde al número de días que se haya trabajado en el segundo semestre del año (1 de julio y el 31 de diciembre)
El valor de las primas se realiza según el tiempo que el trabajador lleve trabajando hasta ese momento, de manera que así el trabajador lleve un mes de estar trabajando en una empresa, al momento de llegar la fecha indicada para pagar la prima, se debe pagar la proporción que corresponda.
Es importante recordar que el pago de la prima se liquida con base en los días laborados durante el semestre correspondiente. Es decir, si el trabajador tuvo permisos o licencias no remuneradas, éstos deben ser tenidos en cuenta para la liquidación de la prima.
Es importante recordar que el pago de la prima se liquida con base en los días laborados durante el semestre correspondiente. Es decir, si el trabajador tuvo permisos o licencias no remuneradas, éstos deben ser tenidos en cuenta para la liquidación de la prima.
La forma más fácil de liquidar la prima de servicios es a través de una fórumla sencilla que calcule proporcionalmente el valor de la prima de acuerdo a los días trabajados. La fórmula para liquidar la prima es:
Prima de servicios = (Salario mensual x Días trabajados en el semestre ) / 360
Es decir, por cada 360 días, hay que pagar un mes de salario (30 días de salario). Esta fórumla permite hallar la proporción de los días trabajados en el año.
Ejemplo de liquidación con salario fijoPara un salario fijo mensual de $1.000.000, y si trabajaste todos los días del semestre, luego de aplicar la fórmula de arriba, encontrarás que el pago de la prima de servicios corresponde a la mitad de un salario mensual. Los cuales se pagan tanto en junio, como en diciembre.
Prima de servicios = (Salario mensual x Días trabajados en el semestre ) / 360
Prima de servicios = ($1.000.000 x 180 ) / 360
Prima de servicios = $500.000
En caso de que el salario mensual que ganas sea variable, solo basta con sacar un promedio de esos salarios en el semestre y aplicar la misma fórmula. Por ejemplo, si se tiene como ingresos mensuales lo siguiente:
Mes | Ingresos mensuales |
---|---|
Enero | $1.000.000 |
Febrero | $1.200.000 |
Marzo | $800.000 |
Abril | $1.100.000 |
Mayo | $1.300.000 |
Junio | $1.500.000 |
Promedio Semestre | $1.150.000 |
En este caso, se aplica la misma fórmula usando el promedio de los ingresos en el semestre:
Prima de servicios = (Salario mensual promedio x Días trabajados en el semestre ) / 360
Prima de servicios = ($1.150.000 x 180 ) / 360
Prima de servicios = $575.000
La prima de Diciembre corresponde a medio salario, el empleador tiene derecho a un salario por concepto de prima de servicios, pues por medio año tiene derecho a medio salario. Corresponde al número de días que se haya trabajado en el segundo semestre del año (1 de julio y el 31 de diciembre)
Para los trabajadores de servicio doméstico, el artículo 306 del código sustantivo del trabajo especifíca lo siguiente:
PARÁGRAFO. Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente.Es decir, no se puede excluir ningún trabajador de la prima de servicios. Todo aquel que tenga un contrato de trabajo tiene derecho a la misma
Las incapacidades no afectan la prima de servicios, por lo tanto éstas se liquidan como si hubieras trabajado efectivamente. Es decir, las incapacidades no suspenden el contrato de trabajo. El tiempo de las incapacidades no se descuenta y es considerado como tiempo laborado
Al efecto ha de decirse primeramente que la incapacidad originada en enfermedad del trabajador no es causal de suspensión del contrato como quiera que no se encuentra taxativamente contemplada dentro de las establecidas en el artículo 51 ibídem.Esto es importante ya que si se tiene una incapacidad por enfermedad, el empleador está en obligación de tener en cuenta esos días dentro de la liquidación de la prima.
Cualquier trabajador, incluyendo las empleadas domésticas, tiene derecho a recibir la prima. Es importante aclarar que las personas que reciben un salario integral, ya reciben incluido tanto el salario básico como el valor de las prestaciones, los trabajos nocturnos o dominicales, las primas legales y extralegales, las cesantías y sus intereses, los subsidios y los pagos en especie.
Si contratas algún tipo de trabajador transitorio, debes liquidar esta prestación social y pagársela en las fechas correspondientes.
Quienes trabajan por prestación de servicios u honorarios tampoco tienen derecho al pago de la prima
Una de las primeras cosas que se debe pensar es en usar la prima como un ingreso planeado. Es decir, saber con antelación en qué se puede invertir este dinero. Algunos de los usos más frecuentes y recomendables son: